Este ícono porteño fue inaugurado el 9 de julio de 1894 y pensado como un eje de vanguardia para unir el Congreso con la Casa de Gobierno. La ciudad de Buenos Aires le realizó un festejo al aire libre que se sumó a los festejos por el Día de la Independencia.
La Avenida de Mayo, situada en el barrio porteño de Monserrat , fue el primer bulevar que tuvo laCiudad de Buenos Aires, y la columna vertebral del centro histórico y cívico de dicha urbe. Fue la primera avenida de la República y de toda Sudamérica. Comienza en la calle Bolívar y su trazo de este a oeste corre entre las laterales Hipólito Yrigoyen y Avenida Rivadavia. Así conecta Plaza de Mayo con el congreso. Con aires europeos, la intención inicial fue unir dos de los tres poderes. Así, en un extremo se encuentra La casa Rosada y en el otro, el Congreso Nacional. Además surcada por importantes edificios que forman parte del patrimonio arquitectónico argentino.
Un decreto del Poder Ejecutivo de 1997 declaró la Avenida de Mayo como Lugar Histórico Nacional, lo cual implica que no se pueden alterar las fachadas de los edificios ni poner determinadas publicidades y marquesinas. Todo aquello que modifique las estructuras debe ser previamente aprobado por la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos.
La Avenida de Mayo, situada en el barrio porteño de Monserrat , fue el primer bulevar que tuvo laCiudad de Buenos Aires, y la columna vertebral del centro histórico y cívico de dicha urbe. Fue la primera avenida de la República y de toda Sudamérica. Comienza en la calle Bolívar y su trazo de este a oeste corre entre las laterales Hipólito Yrigoyen y Avenida Rivadavia. Así conecta Plaza de Mayo con el congreso. Con aires europeos, la intención inicial fue unir dos de los tres poderes. Así, en un extremo se encuentra La casa Rosada y en el otro, el Congreso Nacional. Además surcada por importantes edificios que forman parte del patrimonio arquitectónico argentino.
Un decreto del Poder Ejecutivo de 1997 declaró la Avenida de Mayo como Lugar Histórico Nacional, lo cual implica que no se pueden alterar las fachadas de los edificios ni poner determinadas publicidades y marquesinas. Todo aquello que modifique las estructuras debe ser previamente aprobado por la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario